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La protección de responsabilidad se extiende a los usuarios de buena fe, entrenadores de DEA y médicos que recetan DEA, así como a los adquirentes, propietarios y arrendatarios de DEA. que cumplen con los requisitos del código.
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Entrenamiento DEA
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El adquirente de DEA es responsable de garantizar que los usuarios de DEA reciban capacitación en RCP/DEA y de notificar al SEM local sobre la existencia, ubicación y tipo de DEA.
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Mantenimiento DEA
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El propietario o arrendatario de un DEA es responsable del mantenimiento y las pruebas del DEA de acuerdo con las pautas del fabricante.
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Se requiere la supervisión médica de un médico con licencia para cada programa AED para garantizar el cumplimiento de la ley.
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Al menos un DEA está requerido en cada plantel escolar y, para cualquier reunión de un número considerable de estudiantes, el AED y un empleado capacitado en AED deben estar fácilmente disponibles.
Los estudiantes deben recibir capacitación en RCP una vez en los grados 7-12. |
Consultorios dentales / Hogares de Ancianos / Instalaciones de Cuidado Extendido
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Se requiere al menos un AED en cada consultorio dental, hogar de ancianos, centro de convalecencia y centros de atención pediátrica prolongada, y al menos un empleado capacitado en CPR/AED debe estar en el lugar.
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Los centros de enfermería deben tener al menos un DEA y un miembro del personal capacitado en RCP/DEA en cada piso y en cada edificio. Se requiere la supervisión de un médico en los asilos de ancianos.
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